Capacitación y Educación Continua:
De acuerdo a la LOPCYMAT, las empresas deben Diseñar, Planificar, Organizar y Ejecutar un programa de educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de ejecución, que establezca como mínimo 16 horas trimestrales de educación e información por cada trabajador.
Las áreas de Capacitación a implementar serán determinadas por el proceso productivo de la empresa y los procesos peligrosos detectados. Igualmente se debe dar capacitación en las siguientes áreas:
- Legislación en materia de seguridad y salud laboral.
- Identificación de los procesos peligrosos y los procedimientos de acción frente a los mismos.
- Prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
- Primeros Auxilios.
- Equipo de protección personal y colectiva (EPP).
- Prevención y control de incendios.
- Seguridad vial.
- Ergonomía.
- Crecimiento personal.
- Daños a la salud generados por el consumo de tabaco, alcoholismo y sustancias psicotrópicas.
- Estrés laboral.
Cada uno de los Contenidos puede dictarse, en 4, 8 y/ó 16 horas, de acuerdo a la necesidad de su empresa.