Capacitación y Educación Continua:

 

De acuerdo a la LOPCYMAT, las empresas deben Diseñar, Planificar, Organizar y Ejecutar un programa de educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de ejecución, que establezca como mínimo 16 horas trimestrales de educación e información por cada trabajador.

Las áreas de Capacitación a implementar serán determinadas por el proceso productivo de la empresa y los procesos peligrosos detectados. Igualmente se debe dar capacitación en las siguientes áreas:

  • Legislación en materia de seguridad y salud laboral.
  • Identificación de los procesos peligrosos y los procedimientos de acción frente a los mismos.
  • Prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
  • Primeros Auxilios.
  • Equipo de protección personal y colectiva (EPP).
  • Prevención y control de incendios.
  • Seguridad vial.
  • Ergonomía.
  • Crecimiento personal.
  • Daños a la salud generados por el consumo de tabaco, alcoholismo y sustancias psicotrópicas.
  • Estrés laboral.

Cada uno de los Contenidos puede dictarse, en 4, 8  y/ó 16 horas, de acuerdo a la necesidad de su empresa.

 

 

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